Exp. 122/000083/0000
Proposición de Ley · Estado: Aprobada
Presentar una iniciativa, debatirla, votarla, publicar una ley y que entre en vigor son hechos distintos. Una votación vinculada puede tratar una enmienda o un trámite. «Aprobada» en esta ficha no acredita por sí solo publicación en BOE ni vigencia.
Comisión competente: Comisión de Justicia.
Boletín Oficial de las Cortes Generales Publicación desde 09/04/2024 hasta 12/04/2024 Gobierno Contestación desde 12/04/2024 hasta 22/05/2024 Pleno Toma en consideración desde 22/05/2024 hasta 17/09/2024 Mesa del Congreso Acuerdo subsiguiente a la toma en consideración desde 17/09/2024 hasta 24/09/2024 Comisión de Justicia Publicación desde 24/09/2024 hasta 27/09/2024 Comisión de Justicia Enmiendas desde 27/09/2024 hasta 27/02/2025 Comisión de Justicia Informe desde 27/02/2025 hasta 04/12/2025 Comisión de Justicia Dictamen desde 04/12/2025 hasta 10/12/2025 Pleno Aprobación desde 10/12/2025 hasta 12/02/2026 Senado desde 12/02/2026 hasta 18/03/2026 Pleno Enmiendas o veto del Senado desde 18/03/2026 hasta 26/03/2026 >> Nota: Expresada por el Gobierno su disconformidad en relación con las enmiendas a las disposiciones finales primera bis (nueva) y primera ter (nueva), en virtud de lo dispuesto en el artículo 134.6 de la Constitución, no procederá la tramitación de las mismas por el Pleno. >> Concluido - (Aprobado con modificaciones) desde 26/03/2026 hasta 30/06/2026
Alonso Cantorné, Fèlix Aranda Vargas, Francisco Del Valle Rodríguez, Emilio Jesús Iñarritu García, Jon Jerez Antequera, Juan Carlos Legarda Uriarte, Mikel Madrenas i Mir, Marta Mejías Sánchez, Carina Moro Almaraz, María Jesús Perea i Conillas, María Mercè Rodríguez Serra, Santi Santiago Romero, Enrique Fernando Vallugera Balañà, Pilar Vázquez Blanco, Ana Belén Velarde Gómez, Martina
La ponencia es un rol documentado; no convierte a cada ponente en autor individual de la iniciativa ni de todas sus enmiendas.
Sin publicación acreditada en este piloto de proyectos aprobados de la legislatura XV. La ausencia de vínculo no demuestra que no exista una publicación; consulta la ficha oficial.
La entrada en vigor debe comprobarse en el texto publicado y sus disposiciones. No se calcula desde la fecha de votación ni se presume vigente por su aprobación.