La necesidad administrativa que la Administración pretende satisfacer se concreta en la exigencia de gestionar un servicio de comedor y atención al alumnado de las zonas rurales de nivel obligatorio asistentes a varios centros públicos dependientes de la Consejería de Educación, sobre los que existe obligación de transportar en virtud de lo dispuesto en el artículo 82.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE) y por ello, prestar dicho servicio de comedor y vigilancia del alumnado comensal de forma gratuita.
Detalle del contrato público enlazado a su órgano, adjudicatario y responsable.